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sábado, 10 de septiembre de 2016

La economía del autor independiente

Seguro que muchos de vosotros estáis preguntándoos si podéis ganaros la vida como escritores independientes, quizá algunos ya estéis empezando a experimentar con la autopublicación y estoy convencida de que a casi todos, como a mí, os da terror hacer algo mal... Me refiero a una ilegalidad.



Por eso, y con ánimo de resolver dudas y disipar temores, he pasado tiempo investigando en la red para traeros un resumen acerca de la economía del autor independiente.


Yo todavía no he publicado nada de manera comercial, quiero decir que no he cobrado por nada de lo que he hecho público, y hasta donde yo sé, si no cobras, no hay problema... la cuestión es que algún día quiero poner a la venta alguno de mis libros y no paro de preguntarme... ¿Cómo? ¿Qué debo hacer? ¿Debo convertirme en autónoma? ¿Tengo que pagar impuesto, cuáles? Etc...



Tú también te lo preguntas, ¿cierto?



Pues he aquí algunas de las respuestas que he conseguido recopilar.



AVISO: Todo lo que aquí expongo se refiere a la fiscalidad y legislación española únicamente.




Lo primero, una mala noticia:

No hay una norma general para los autores, cómo comportarse con el fisco depende de cada caso particular, de las circunstancias concretas del autor.... Lo sé, es un chasco.



Sin embargo voy a seguir intentando disipar dudas en la medida de lo posible.




Si eres escritor aficionado (por el momento) y quieres dar el salto a convertirte en profesional, haciendo de la escritura tu trabajo y medio de vida, puedes optar por dos vías.



  1. Utilizar plataformas de Autopublicación 

    (Amazon, vivelibro, lulú, bubok...) que se encargan de vender el producto y pagar el IVA por él, recibiendo por ello el autor un ingreso/cheque/pago periódico por beneficios 
    (porcentaje dependiente de la plataforma *investigar términos legales de cada una)
    - Hemos de tener en cuenta que ese cheque recibido debemos declararlo igualmente a Hacienda mediante la Declaración de la Renta anual (IRPF) si superamos una cantidad de ingresos, que ronda en torno a los 22.000 € anuales.



Ahondemos en el tema. PASOS:



1º Subimos nuestro libro, por ejemplo a Amazon.


Hemos invertido mucho esfuerzo, ilusión y sí, dinero en crearlo y optimizarlo (una portada buena, una maquetación, una corrección que acredite cierta calidad...) y claro, queremos, como mínimo, recuperar nuestra inversión.

Tras seguir todos los pasos que nos indica la plataforma en cuestión, decidimos un precio, no demasiado alto para no perder lectores, pero tampoco bajo porque al fin y al cabo, es nuestra obra y queremos hacerla valer...

Pero nuestro amor por nuestra obra no es lo único a tener en cuenta a la hora de poner un precio de venta, hay que pensar en el IVA.

El IVA lo va a pagar la plataforma de venta, pero se trata de un 21% sobre el precio que tú pongas, y tú tan solo recibirás beneficios, de modo que si el precio es muy bajo, lo que finalmente llega a tu al bolsillo será.... prácticamente nada. Otro chasco ¿no?



¿Qué pasa a continuación?



2º Los impuestos a Hacienda 

A la Hacienda Estadounidense (caso de Amazon)

Si publicamos con Amazon debemos pagar un impuesto a la hacienda Estadounidense, pues es una empresa de EEUU. Por suerte, España tiene un concierto por el cual en lugar del 30% nos cobran solamente el 5%.

Lo bueno es que, en teoría, al haber pagado esto en principio no deberíamos ya pagar a la Hacienda española... ¿no? Pues no está claro, la ley tiene a veces lagunas más profundas que las de Escocia.

Se supone que se debe solicitar que no se cobre doblemente este impuesto en EEUU y en España mediante un formulario (formulario W8-BEN) que suele toparse con escollos burocráticos, según tengo entendido. De modo que... Paciencia. 

Editado: parece que la nueva fórmula de Amazon para registrar tus datos fiscales evita que tengas que hacer ningún trámite más aquí en España. Si logras rellenar todos los requerimientos sin desesperarte, eso es todo...



3º ¿Autónomos?

Al hacerlo de esta manera se entiende que NO se requiere el alta en el régimen de autónomos de la seguridad social, al menos hasta que nuestros cheques no alcancen el salario mínimo interprofesional, y en ese caso, habría que consultarlo, puesto que en la ley pone como requisito que se este percibiendo este dinero por una actividad profesional “habitual”... Y eso a los escritores nos excluiría, ya que ¿Hasta qué punto la actividad del escritor es habitual?

Como digo, habría que consultarlo con una asesoría, porque tal vez de una manera se pagasen menos tipos de impuestos de mayor cuantía y de la otra, más tipos de impuestos pero menos cantidad de dinero... No sé, es un suponer.



Por si esta opción, la de plataformas tipo Amazon no te convence, porque no te fías o porque quieres ser más libre y obtener todos los beneficios posibles de tu obra, hay una segunda opción:



  1. Desarrollar la actividad como persona física

    Está opción la considero más complicada, pero más lucrativa. Sería algo así como hacerte “empresa” pero sin empleados. Para ello:







*¿Dónde? En la Agencia Tributaria correspondiente al lugar donde se realizará la actividad



  • ¿Tienes que darte de Alta en el Régimen de Autónomos? NO es obligatorio siempre que no percibas más del salario mínimo mensual establecido en la ley. 
    Por otra parte, al haberte dado de alta en el IAE y por tanto tener los derechos de explotación de tu obra no cumplirías los requisitos de “autor profesional” que se incluyen dentro del Régimen de Autónomos.
    *Ante tal falta de coherencia en la regulación legal sería conveniente consultar personalmente tu situación en la sede de la Seguridad Social que corresponda o en una asesoría para estar seguros. 
  • Además deberás recordar que toda esta actividad debe ser declarada anualmente según se regula en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. (Declaración de la Renta) un 15% en este caso independientemente de la cuantía, puesto que proceden de una actividad económica registrada (1º paso dado)
  • En cuanto al IVA, las actividades de producción artística y literaria sujetas a derechos de autor están exentas del IVA, pero no el libro físico que vendas, que está sujeto a un 21% de IVA.



*Para hacerlo de esta manera deberás disponer de tu propia plataforma online donde vender tu obra, sea tu blog o una web... y un método de cobro y de emisión de facturas, claro. 
¡Ahora eres empresario!



Esto es todo lo que he conseguido sacar en claro de las decenas de artículos, noticias, publicaciones de boletines oficiales y webs gubernamentales que he consultado. Y lo único que realmente he concluido es que en caso de querer ganarme la vida con esto, tengo que buscarme un asesor fiscal.






*Fuentes consultadas:
http://ebookhermanos.com/fiscalidad-del-ebook-escritores-impuestos/
http://ebookhermanos.com/como-publicar-un-ebook-en-amazon-gratis/
http://marianaeguaras.com/fiscalidad-del-escritor-en-espana/
https://javierpellicerescritor.com/tag/la-fiscalidad-del-escritor/
http://www.relatospulp.com/articulos/utilidades/90-autoedicion-hacienda-y-seguridad-social.html
Régimen autónomos: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/l20-2007.t3.html
Excepciones: http://noticias.juridicas.com/conocimiento/articulos-doctrinales/4323-excepcion-a-la-obligacion-de-alta-y-cotizacion-en-el-regimen-especial-de-trabajadores-autonomos/

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